Martes 2 de julio de 2024 – 19:06 WIB

Jacarta – La Comisión Electoral General (GEC) acepta la decisión del Tribunal Supremo (MA) nº 23 P/HUM/2024 de cambiar la interpretación de la edad mínima de los candidatos principales regionales a través del Reglamento KPU (PKPU).

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En el PKP No. 8 de 2024, los candidatos a la dirección regional deben tener 30 años a partir del día de la inauguración.

En el párrafo 2 del artículo 14 se establece que los candidatos a gobernador y vicejefe de la región deben tener al menos 30 años, y los candidatos a regente y vicerregente deben tener al menos 25 años.

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“La edad mínima para los candidatos a gobernador y teniente de alcalde de la región es de 30 (treinta) años, y para los candidatos a regente y teniente de alcalde, así como a los candidatos a alcalde y teniente de alcalde, de 25 (veinticinco) años.” PKPU 8/2024, martes 2 de julio de 2024.

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El artículo 15 del Comité Central del PCC enfatiza una vez más que la edad mínima de los candidatos a gobernador y vicegobernador deberá ser de 30 años a partir del día de su toma de posesión.

“La edad mínima requerida para los candidatos a gobernador y teniente de alcalde de la región es de 30 (treinta) años y para los candidatos a regente y teniente de alcalde o candidato a alcalde y teniente de alcalde es de 25 (veinticinco) años. Se menciona el artículo 14. d a partir de la apertura de las parejas de candidatos seleccionados”, se lee en el artículo 15 del PKP 8/2024.

El Tribunal Supremo, mediante decisión núm. 23 P/HUM/2024, accedió a la solicitud del Partido de la Guardia Republicana de Indonesia (Partido Garuda) sobre el límite de edad mínima para los candidatos a presidente regional.

La Corte Suprema declaró que el artículo 4 (1) letra g del Reglamento KPU (PKPU) No. 9 de 2020 es contrario al artículo 7 (2) letra e de la Ley (UU) No. 10 de 2016.

Por lo tanto, el Tribunal Supremo afirmó que el artículo de la Constitución de Ucrania no es jurídicamente válido a menos que se interprete de la siguiente manera: “… la edad mínima de 30 años para los candidatos a gobernador y vicegobernador y de 25 años para los candidatos a regente y diputado. regente o candidatos a alcalde y teniente de alcalde desde el momento en que se elija la pareja de candidatos.”

Al final de su decisión, el Tribunal Supremo también ordenó a la KPU indonesia cancelar el párrafo (1) del artículo 4 d PKPU Número 9 de 2020.

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“La edad mínima requerida para los candidatos a gobernador y teniente de alcalde de la región es de 30 (treinta) años y para los candidatos a regente y teniente de alcalde o candidato a alcalde y teniente de alcalde es de 25 (veinticinco) años. Se menciona el artículo 14. d a partir de la apertura de las parejas de candidatos seleccionados”, se lee en el artículo 15 del PKP 8/2024.

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