27 de noviembre
2024
– 12:00
(actualizado a las 12:02 p.m.)
El Tribunal Supremo Federal (STF) concluyó un juicio el miércoles, rechazando la apelación del ex jugador Robinho y condenándolo a prisión por una condena por violación en Italia.
El tribunal ya había formado una mayoría para mantener en prisión al exdelantero de la selección brasileña y ahora puso fin al juicio por 9 votos contra 2 para confirmar su pena de prisión.
Un periodista en el juicio de la petición de hábeas corpus presentada por la ex ministra de defensa del atleta, Louise Fook, desestimó los argumentos de la defensa de los Robins y dijo que no se había descubierto ningún delito en el proceso.
A la votación de Fuchs le siguieron los ministros Edson Fachin, Luis Roberto Barroso, Cristiano Zanin, Carmen Lucía, Alexander de Moraes, André Mendonza, Flavio Dino y Nunes Márquez. Los ministros Gilmar Mendes y Dias Toffoli votaron a favor de la liberación de Robinho.
Robinho transfirió su condena de nueve años de prisión en Italia a Brasil después de su juicio en Italia y está encarcelado en Tremembe, en Sao Paulo, desde marzo de este año.
El caso se relaciona con un fallo de 2017 de un tribunal de Milán que encontró a Robinho y a otras cinco personas culpables de violar a una mujer albanesa de 22 años a la que emborracharon en un club nocturno de la ciudad italiana en 2013.
La sentencia de nueve años fue confirmada por el tribunal de apelaciones en 2020 y por el Tribunal Supremo italiano en 2022.
Después de que se confirmara el veredicto en tres casos, Italia solicitó la extradición del brasileño -acto prohibido por la Constitución federal para los indígenas brasileños- y emitió una orden de arresto internacional.
Ante la imposibilidad de extradición, este país europeo, a través del Ministerio de Justicia, solicitó al tribunal brasileño aprobar la decisión que condenó al jugador a cumplir la pena en Brasil.
El tribunal especial del Tribunal Supremo de Justicia (STJ) aprobó la sentencia que dictó al exfutbolista el 20 de marzo de este año y determinó que la pena se cumplirá de inmediato y a puerta cerrada.
Posteriormente, el abogado recurrió ante la SFT y afirmó que la designación del inicio inmediato de la ejecución de la pena no se ajusta a la legislación del tribunal.